BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 05/04/06

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N°  16 – 6126-2005 C/Agreg.2308-2006.-

DECRETO ACUERDO  N°   0233.06.009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 Marzo de 2006.-

 

VISTO:

El Decreto-Acuerdo N° 0160.06.009 de fecha 03 de marzo del año 2006,  mediante el cual se aprueba  el llamado a Concurso de Precios N° 22/2006 para la obra  “PUESTA EN VALOR EDIFICIO CAPILLA Y ACCESO CEMENTERIO DEL SALVADOR”; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al Acta de Apertura de fecha 21 de marzo de 2006, obrante a fojas 833 a 835 vta. , se presentaron dos  (2) Firmas: “DUCCI CONSTRUCCIONES S.R.L.” y  “DEL NORTE S.A. ” para el Concurso de Precios N° 22/2006;

Que a fs. 841 de las actuaciones adjuntas la Comisión Evaluadora expresa que analizadas las ofertas presentadas para el presente Concurso de Precios el mismo debe declararse INADMISIBLE para los intereses del Municipio debido a que se incrementa en demasía el presupuesto oficial confeccionado al efecto,

Que por todo lo expuesto es criterio del Departamento Ejecutivo proceder a la emisión del presente dispositivo legal en tal sentido

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébese el Acta de Apertura celebrada el día 21 de marzo de 2006, para el Llamado a Concurso de Precios N° 22/2006 para la obra  “PUESTA EN VALOR EDIFICIO CAPILLA Y ACCESO CEMENTERIO DEL SALVADOR”.-

ARTICULO 2°.- Declárense INADMISIBLES las ofertas presentadas en el Concurso de Precios N° 22/2006, el que fuera aprobado mediante  Decreto-Acuerdo N° 0160.06.009, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO  3°.- Autorícese a Tesorería General a proceder a la devolución del depósito de Garantía a las firmas oferentes del presente Concurso de Precios.-

ARTICULO 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial y pase para su conocimiento  y fines pertinentes a: Dirección General de Compras y Suministros, Contaduría General, Tesorería General, Dirección de Cementerios, Dirección  General de Presupuesto y Dirección General de Auditoría Interna Municipal. Asimismo, remítase copia del presente dispositivo legal  a las Firmas: “DUCCI CONSTRUCCIONES S.R.L.” y  “DEL NORTE S.A.”.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

05 ABRIL S/C