BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 19/02/16
Dr. Ricardo Sebastian Cabana, Juez Civil y Comercial N° 4-Secretaria N° 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-026.514/14 caratulado: “Prepara Via Ejecutiva: Pérez, Manuel Horacio c/ Maigua, Digno” Notifíquese mediante edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, tres veces en cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del quinto día de la última publicación a la parte demandada Sr. Digno Maigua, DNI N° 11.725.986 del proveído de fs. 93: “San Salvador de Jujuy, 23 de diciembre de 2015.- I.- Atento a las constancias de autos y el estado de la causa, hágase efectivo el apercibimiento decretado a fs.86, y declarase nulo de todo lo actuado por el Dr. Rene A. Quispe Carrizo en nombre y representación de Digno Maigua.- II.-Asimismo, proveyendo el escrito de fs.92, líbrese edictos del proveído de fs.50/50 vlta., como se pide. III.-Notifíquese por art.155 del C.P.C.” Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana. Juez. Ante Mi Dra. Maria Cecilia Farfan: Secretaria”. Proveído de Fs. 50/50 Vta.: “San Salvador de Jujuy, 05 de marzo de 2015.- Atento estado de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 14, en consecuencia téngase por expedita la vía ejecutiva.- En consecuencia atento lo solicitado por el Dr. Julio Pardo Figueroa, conforme lo previsto por los Arts. 260 y 480 del C.P.C.; previa Fianza Personal que deberá prestar el letrado en legal forma ante la actuaría, trábese Embargo Preventivo, sobre el inmueble individualizado como: Matricula A-59360, Padrón A-82392, Circ.1, Secc.1, Manz.57, Parc. 37, U.F. 4to. piso “C” ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy siempre que el mismo fuere de propiedad del codemandado en autos Sr. Digno Maigua, D.N.I. Nº 11.725,986, hasta cubrir la suma de PESOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($18.398.-) en concepto de capital reclamado, con más la de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CON 40/100 CVOS. ($5.519,40) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. A tales efectos líbrese oficio a la Dirección General De Inmuebles a sus efectos. Facultándose al Dr. Pardo Figueroa y/o a la persona que el mismo indique para el diligenciamiento.- Cumplido y de conformidad a lo previsto por los arts.472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago y ejecución en contra de los demandados, Sres. Emilia Adela Aramayo D.N.I. Nº 9.649.283 y Digno Maigua D.N.I. Nº 11.725.986, en el domicilio denunciado, por las sumas detalladas. En defecto de pago, hágase saber a los demandados que se convierte en Definitivo el Embargo Preventivo trabado oportunamente. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.52 del Item., haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario. Notifíquese.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana. Juez. Ante Mí: Dra. Maria Fabiana Otaola- Por Habilitación: Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 2 de febrero de 2016-María Cecilia Farfán-Secretaria.-
19/22/24 FEB. LIQ. Nº 123020 $270,00.-