BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 10/04/06
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5504
ARTICULO 1.- Se establece el 24 de marzo como Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia.-
ARTICULO 2.- La jornada tendrá por objeto reafirmar el rechazo a todo tipo de autoritarismo y promover la defensa del estado de derecho, la plena vigencia de los derechos humanos y la valoración de la democracia. Asimismo la jornada tendrá por objeto hacer conocer el terrorismo de estado durante la ultima dictadura militar y rendir homenaje a las víctimas.-
ARTICULO 3.- Los Poderes del Estado dispondrán los medios necesarios para conmemorar, mediante actos públicos anuales, y en función de los objetivos citados en el articulo 2, el Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia, con la participación de organismos de derechos humanos.-
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA SE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de marzo de 2006.-
ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
Legislatura de Jujuy
EXPTE. Nº 0200-0045/2006.-
CORRESP. A LEY Nº 5504
SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 ABR. 2006.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publiquese íntegramente, dese al Registro y al Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR