BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 10/04/06

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5504

 

ARTICULO 1.- Se establece el 24 de marzo como Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia.-

ARTICULO 2.- La jornada tendrá por objeto reafirmar el rechazo a todo tipo de autoritarismo y promover la defensa del estado de derecho, la plena vigencia de los derechos humanos y la valoración de la democracia. Asimismo la jornada tendrá por objeto hacer conocer el terrorismo de estado durante la ultima dictadura militar y rendir homenaje a las víctimas.-

ARTICULO 3.- Los Poderes del Estado dispondrán los medios necesarios para conmemorar, mediante actos públicos anuales, y en función de los objetivos citados en el articulo 2, el Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia, con la participación de organismos de derechos humanos.-

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA SE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de marzo de 2006.-

 

ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

WALTER B. BARRIONUEVO

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

EXPTE. Nº 0200-0045/2006.-

CORRESP. A LEY Nº 5504

SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 ABR. 2006.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publiquese íntegramente, dese al Registro y al Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR