BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 15/11/21

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaria N° 11, en el Expte. Nº C-142999/19, caratulado: “Ejecutivo: SALINAS CLAUDIO ALEJANDRO c/ PEREDO DIEGO LEONARDO¨. Se notifica la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 09 de Septiembre de 2019.- Téngase por presentado al Dr. Martín Modena, por parte, en nombre y representación del Sr. CLAUDIO ALEJANDRO SALINAS., a mérito de Poder General Para Juicios que en copia juramentada acompaña, y por constituido domicilio legal.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra del  demandado Sr. PEREDA, DIEGO LEONARDO D.N.I. Nº 39.894.126 mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Veintitrés Mil ($23.000) en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Cuatro Mil Seiscientos ($4.600) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago… cítesela de Remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificada por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia de La Ciudad de San Pedro de Jujuy con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Procédase por secretaria al control y firma de las diligencias que adjunta.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Lis M. Valdecantos Bernal- Juez Habilitada- Ante Mi: Dr. Juan José Bravo-Firma Habilitada.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 23 de Septiembre de 2021.-

 

15/17/19 NOV. LIQ. Nº 26022 $1.038,00.-