BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 15/11/21
La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-165.352/20 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PUCA, DANIEL Y OTRO c/ PUCH, MIGUEL ANGEL”, hace saber a los eventuales titulares de dominio que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 18 de octubre de 2021.- Atento lo informado por Secretaría, al pedido de la actora a fs. 75 de decaimiento de derecho para contestar la demanda, ha lugar.- En su mérito, hácese efectivo el apercibimiento ordenado en autos y en consecuencia, téngase por contestada la demanda por MIGUEL ÁNGEL PUCH y por los eventuales titulares de derechos sobre el inmueble en los términos del art. 298 del C.P.C. Notifíqueselos de este proveído mediante edicto y de los sucesivos por Ministerio de la Ley (art. 52 del C.P.C.).- 2. Asimismo, desígnase al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en representación de MIGUEL ÁNGEL PUCH y los eventuales titulares de derechos sobre el inmueble, Intimándolo para que en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado. 3…..4. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Presidente de trámite. Ante mí. Dr. Augusto José Bonilla- Secretario.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 22 de octubre de 2021.-
10/12/15 NOV. LIQ. Nº 25988 $1.038,00.-