BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 15/11/21
EXPTE. Nº 1050-814/2020.-
C/Agregado: 0422-953-D-1995.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la Iniciación del Procedimiento Administrativo a cargo del Ministerio de Educación destinado a declarar la prescripción adquisitiva operada respecto del inmueble individualizado como Circunscripción 2, Sección 2, Parcela 423-a Fracc. B-7, Padrón P-17.003; dominio inscripto respectivamente en el Libro 6, Folio 255, Asiento 263, Matricula P-4768-17003, ubicado en la Localidad de Carahunco, Departamento Palpalá, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Autorízase a la Dirección Provincial de Inmuebles a confeccionar el Plano de Mensura para Prescripción Administrativa o actualizar el Plano de Mensura de Fracción para Donación de Escuela Provincial N° 22 “República de Bolivia” aprobado con el N° 55 Archivo P-2-2-003.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a los Titulares Regístrales del inmueble individualizado en el artículo precedente y/o a quienes se creyeren con derechos sobre el mismo de la iniciación del presente procedimiento administrativo, mediante la publicación de edictos tres (3) veces en cinco (5) días en el Boletín Oficial y en un diario Local a fin de que comparezcan a estar a derecho en el término de diez (10) días hábiles a contar desde la última publicación.-
ARTICULO 4°.- Regístrese, agréguese copia en autos, y pasea Fiscalía de Estado para toma de razón. Cumplido, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
12/15/17 NOV.-