BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 12/11/21
Cámara en lo Civil y Comercial – Sala III – Vocalía 9, en el Expediente: C-132054/19, caratulado “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-066864/2016: RODRIGUEZ, HUMBERTO c/ SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ y otros”; se hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 08 de Noviembre de 2.019. 1)Agréguense la copia certificada de la Declaratoria de Herederos de la Sucesión de René Jaime Bustamante Pérez y los Aportes acompañados a fojas 48/50, 51, 52 y 53 por el Dr. Pablo Horacio Gutiérrez a fojas 54, téngase presente y, por cumplida la intimación de fojas 46. Téngase presente los domicilios de los herederos declarados y de los colindantes, téngase presente y, por cumplido lo requerido a fojas 46. 2) Atento la denuncia efectuada por el Dr. Pablo Horacio Gutiérrez, procédase por Secretaría a re caratular estos autos, debiendo incluirse también como demandados a: DORA ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE; CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA BUSTAMANTE. Comuníquese a Mesa General de Entradas para su conocimiento y registro. 3) Téngase por interpuesta la presente demanda a fojas 41/44 en contra de: “SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ”: DORA ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE; CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA BUSTAMANTE. 4) Cítese a la MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art.534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 5) Asimismo, cítese a los colindantes de la fracción de terrero del inmueble individualizado como: Padrón: B-8488; Circunscripción: 3; Sección: 5; Manzana: 56; Parcela: 11; Inscripción del Dominio: Matrícula B-3766; Ubicación: calle Magallanes Nº 96 esq. Pizarro, Barrio 12 de Octubre- Monterrico- Departamento EL Carmen, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 6)Córrase traslado de la presente demanda a la “SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ”: DORA ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE; CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA BUSTAMANTE en sus domicilios reales sobre la fracción de terreno del inmueble individualizado como: Padrón: B-8488; Circunscripción 3; Sección: 5; Manzana: 56; Parcela: 11; Inscripción del Dominio: Matrícula B-3766; Ubicación: calle Magallanes Nº 96 esq. Pizarro, Barrio 12 de Octubre- Monterrico, Departamento El Carmen, para que contesten demanda en el término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de darles por decaído el derechos a contestar demanda si así no lo hicieren (Art.298 del C.P.C., Art.531 del C.P.C. CONFORME MODIF. LEY 5486). Transmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (Art.535 del C.P.C. modificado por Ley 5486). Intímeselos a que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por ministerio ley. 7) Téngase presente la Anotación de la Litis que consta a fojas 124/125 en las Medidas Preliminares adosadas por cuerda, en Matrícula B-3766 de propiedad de René Jaime BUSTAMANTE PEREZ. 8) Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar las diligencias y edicto ordenados, para su posterior control y firma del Tribunal, los que deberán presentarse en Secretaría de esta Sala. 9) Notifíquese (Art.155/156 del C.P.C.). Fdo. Dra. Norma B. Issa- Presidente de Tramite- Ante Mí: Dra. Nora C. Aizama- Secretaria.”; y el Proveído: San Salvador de Jujuy, 25 Febrero del 2021. Ampliando la providencia de la providencia de fs. 55/56, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordenase la colocación del cartel indicativo con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio conforme lo ordenado art. 536 del C.P.C.- modificación Ley 5486. La confección de las diligencias ordenadas deberá ser presentada para control y firma en secretaria. Notifíquese art. 155 del C.P.C. Fdo. Dra. Norma B. Issa. Pte. de Tramite. Ante Mi Dra. Nora C. Aizama. Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 12 de Marzo de 2.021.-
12/15/17 NOV. LIQ. Nº 26068 $1.038,00.-