BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 10/11/21

El Tribunal del Familia, Sala I- Vocalía 1, a cargo de la Dra. Lamas Claudia, en Expte N° C-172623/21, caratulados: “Divorcio: ORGAZ ESPADA MARIO c/MOLINA MARIA CRISTINA” Salvador de Jujuy, 17 de Febrero de 2.021.- I.-. Téngase por presentado al Sr. MARIO ORGAZ ESPADA, DNI N° 22.146.239, con el patrocinio letrado del Dr. Luis Horacio Espada por constituido domicilio legal y por parte a mérito de las firmas insertas al pie del escrito de presentación que se adjunta en PDF. II.- Admítase la presente acción de Divorcio en los términos del Art. 437 del CCCN. III.- De la presente demanda, córrase traslado a la Sra. MARIA CRISTINA MOLINA, DNI N° 24.611.475 por el término de Diez (10) días.- IV.- Intimase al Dr. Luis Horacio Espada; para que en el plazo de cinco (5) días de notificado de la presente acredite el aporte previsto por el Art 22 inc “C” y “D” de la Ley 4764/94 y acompañe la Estampilla Profesional- Ley 3329/76, como así también al pago de Tasa de Justicia, comuníquese a CAPSAP.- V.- Diligencias a cargo del letrado, las que deberán ser enviadas a “Oficios Colaborativos” VI.- Notifíquese por cedula.- Fdo.: Dra. Claudia Lamas (Vocal habilitada) ante mi Dra. Virginia Macedo (Prosecretaria). San Salvador de Jujuy, 01 de Septiembre de 2021.- I.- Atento a las constancias de autos y habiendo dado cumplimiento con lo recaudo establecidos por el Art. 162 del C.P.C. de la Prov. Notifíquese a la demandada Sra. MOLINA MARIA CRISTINA D.N.I. Nº: 24.611.475 mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y en el diario local de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco (5) días. (Art. 162 del C.P.C.).- II.- Diligencias a cargo del letrado.- III.- Notifíquese por cedula. Fdo. Dra. Claudia Lamas- Jueza Habilitada- Ante mi Carlos Alberto Alvarado- Secretario.- San Salvador de Jujuy, de Septiembre de 2021.-

 

10/12/15 NOV. LIQ. Nº 25317-25821-25820 $1.038,00.-