BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 10/11/21

Policía de la Provincia de Jujuy.- Departamento Personal (D-1) Administración de Personal.- Rfte.: Expte. Ministerial Nro. 1414-935/2020 (Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. Nro. 680-DP/19) caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Articulo 15º inc. a) y z) agravado por el articulo 40º inc. d) y h) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.), por la presente se notifica al CABO PRIMERO IBAÑEZ ALDO JESUS EMANUEL, D.N.I. Nº 32.308.416, Legajo Nº 16.339, que mediante Decreto Nro. 3737-MS/2021 de fecha 29-07-2021, el Sr. Gobernador de la Provincia Decreta: “…Artículo 1°: Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al CABO PRIMERO IBAÑEZ ALDO JESUS EMANUEL, D.N.I. Nº 32.308.416, Legajo Nº 16.339, por infracción al artículo 15º inc. a) y z) agravado por el articulo 40º inc. d) y h) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.), conforme lo dispuesto por el artículo 26º inc. a) del mismo cuerpo legal…”, firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES. En consecuencia se le notifica que en el termino de 12 hs. el Sr. IBAÑEZ ALDO JESUS EMANUEL deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en la Avenida 1º de Mayo Nº 988 predio Bajo La Viña barrio San Martín, la totalidad de elementos provistos (armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc.) en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez Nº 1372 Barrio Centro ciudad Capital, todo ello bajo apercibimiento de iniciarse la Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados. Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 3737-MS/2021 a disposición del Sr. IBAÑEZ ALDO JESUS EMANUEL.- Fdo. Sandra Chazarreta-Comisario Mayor-Jefe Departamento Personal (D-1).-

 

05/08/10 NOV. S/C.-