BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 19/05/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE.  N° 16-0- 16040-0-2005.-

DECRETO   N°     0130.06.007 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 Enero 2006.-                                    

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.465/2.005 sancionada en Insistencia por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria celebrada el día Jueves 03 de Noviembre del año 2005, mediante la cual y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a), del Código Tributario Municipal en vigencia, se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Sr. JUAN GUALBERTO YURQUINA L.E. N° 8.205.423, por el inmueble individualizado como Circunscripción 1, Sección 11, Manzana 147, Lote 4, Padrón A-13718, ubicado en calle Ricardo Gutiérrez N° 1023 del Barrio Almirante Brown de esta Ciudad;  correspondiente al período 2.005

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

19 MAYO S/C