BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 27/10/21

Declaración Jurada– El que suscribe, MAMANI PEDRO PABLO D.N.I. N° 16.186.695, argentino, 57 años de edad, casado, profesión comerciante, con domicilio en calle Mza. 22 Lote 5 B° Campo Verde declaro bajo juramento, en carácter de gerente designado que NO me encuentro incluido y/o alcanzado dentro de las prohibiciones del art. 157 y 264 de la Ley General De Sociedades Nº 19.550.- La cual reza el art 264 de la siguiente manera: Prohibiciones e incompatibilidades para ser director. ARTICULO 264.- No pueden ser directores ni gerentes: 1º) Quienes no pueden ejercer el comercio; 2º) Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta hasta diez (10) años después de su rehabilitación, los fallidos por quiebra casual o los concursados hasta cinco (5) años después de su rehabilitación; los directores y administradores de sociedad cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta, hasta diez (10) años después de su rehabilitación.- 3º) Los condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos; los condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos y delitos contra la fe pública; los condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades. En todos los casos hasta después de diez (10) años de cumplida la condena; 4º) Los funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad, hasta dos (2) años del cese de sus funciones.- ACT. NOT. N° B 00627428- ESC. ANDREA CARINA LACSI- TIT. REG. Nº 10- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley Nº 19550.-

San Salvador de Jujuy, 14  de Junio de 2021.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO  TECNICO REGISTRO PÚBLICO

27 OCT. LIQ. Nº 25780 $507,00.-