BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 25/10/21
La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-170.407/20 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ERAZO ERAZO, MAMERTO y otro c/ ESTADO PROVINCIAL”, hace saber que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre de 2021. 1….2….3… 4. Conforme lo informado por Secretaría, al pedido de la actora a fs. 199, ha lugar. En su mérito, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 162 de autos y en consecuencia, téngase por contestada la demanda por los eventuales titulares de dominio, en los términos del art. 298 del C.P.C.- Notifíqueselos de éste proveído mediante edictos y de los sucesivos por Ministerio de la Ley (art. 52 del C.P.C.).- Designase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación, Intimándolo para que en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado.- 5….6… 7. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Presidente de trámite. Ante mí- Dr. Augusto José Bonilla- Secretario”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 24 de septiembre de 2021.-
22/25/27 OCT. LIQ. Nº 25737 $1.038,00.-