BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 24/02/16
Dra. Marisa E. Rondon -Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 6, en el Expte. Nº B-268.177/2012 Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/ Gonzalez Granara, Claudia Susana”, se ha dictado el decreto a FS. 55 que dice: Proveyendo el escrito que antecede y atento constancias de autos, ordenase la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días el proveído de fs. 12/12 vta. y que a continuación se transcribe: San Salvador De Jujuy, 27 De Marzo De 2.012.- Por presentado el Dr. Juan Sebastian Jenefes, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación del Banco Macro S.A., a merito de la sustitución del Poder General juramentado que acompaña en autos, con el Patrocinio Letrado del Dr. Martin Jenefes. De conformidad con lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., librese Mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la Sra. Gonzalez Granara, Claudia Susana D.N.I. Nº 16.032.122 en el domicilio denunciado por la suma de PESOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS ($19.600,00) en concepto de capital, con mas la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($9.800,00), calculada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designár Depositario judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo deberá manifestar si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo cítaselo de remate a la parte demandada para que oponga excepciones si las tuviere. dentro del plazo de cinco días, por ante este Juzgado y Secretaria N 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Corrase del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y por el mismo plazo señalado, se intimara la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 52 del ídem.).- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Señor Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso y a quien se librara correspondiente mandamiento. Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno fuere feriado.- Art. 72… Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante Mi: Sra. Norma Farach de Alfonso-Secretaria.-Secretaria Nº 6, Noviembre 24 de 2.015.-
19/22/24 FEB. LIQ. Nº 123012 $270,00.-