BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 13/10/21

La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-88.997/17 caratulado: “Ordinario por Cumplimiento de Contrato: PUCA, ABEL RODOLFO c/ LIZARRAGA, ELSA DANIELA Y OTRO”, notifica a la Sra. ELSA DANIELA LIZARRAGA, que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 15 de octubre de 2020. 1….2. De la ampliación de demanda respecto a los alquileres de septiembre de 2019 a septiembre de 2020, traslado a los accionados en mérito al art. 299 del C.P.C.- 3. Atento lo solicitado por la actora en el punto IV y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del decreto de fecha 26 de junio de 2017 (fs. 36) a la accionada ELSA DANIELA LIZARRAGA, el que se publicará en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición de la demandada, Sra. ELSA DANIELA LIZARRAGA, en Secretaría de esta Vocalía nº 8 de la ciudad de San Salvador de Jujuy. 4. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M.L. Caballero- Presidente de trámite. Ante mí: Dr. Augusto José Bonilla- Prosecretario”. Transcripción del auto de fs. 36: “San Salvador de Jujuy, 26 de junio de 2017. 1. Conforme lo informado precedentemente, téngase por integrada la demanda promovida por el Dr. Jorge Mauricio Voltolina en representación de ABEL RODOLFO PUCA. De la misma (fs. 05/07) y de la ampliación de fs. 29/34, confiérese traslado a los accionados ELSA DANIELA LIZARRAGA y PAULO OMAR VIDELA, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerlos por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C.). 2. Intímaseles para que en dicho término, constituyan domicilio dentro del radio de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerárselos por notificados por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese (art. 155 y 156 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque- Secretaria”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificada a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 27 de octubre de 2020.-

 

13/15/18 OCT. LIQ. Nº 23602-24753 $1.038,00.-