BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 06/10/21
Dra. Norma Beatriz Issa Vocal de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Ref. Nº C-057447/15 caratulado: BANCO MASVENTAS S.A. c/ RUEDA DANIEL GERARDO, se le hace saber al demandado la siguiente resolución que a continuación se transcribe, San Salvador de Jujuy, 13 de octubre de 2020.- I) Surgiendo de las constancias de autos que el Sr. Daniel Gerardo Rueda no vivía en los domicilio denunciado al momento de las notificaciones cursadas en autos y a fines de evitar futuras nulidades notifíquese las providencias de fs. 27 y 59 mediante edictos los que deberán ser publicados durante cinco días en el boletín oficial y un diario de publicación local.- II) Se hace saber a la parte interesada que la confección y diligenciamiento de las diligencias ordenadas estarán a cargo de la parte interesada, las que deberán ser presentadas para confronte y firma de la actuaria bajo apercibimiento de considerar que se incumple con el deber de colaboración.- III) Notifíquese art. 155 del C.P.C.- Fdo. Norma Beatriz Issa Pte. de Tramite Ante Mi María Florencia Rivas Pro Secretaria.- Otro Si Digo: San Salvador de Jujuy, 12 de diciembre de 2018.- I): Proveyendo el escrito de fs. 58 y conforme el Informe Actuarial que antecede, hácese efectivo el apercibimiento decretado en autos en contra de la parte demandada: DANIEL GERARDO RUEDA, teniéndose por contestada la demanda (art. 298 del C.P.C.). Una vez notificado este proveído a la parte, dése cumplimiento con lo ordenado infra.- II): Fecho, designase a la Sra. Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en representación de la accionada, en consecuencia, Intimase a la misma, para que en el término de cinco (5) días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado (art. 196 del C.P.C.).- III): Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Norma B. Issa. Pte. de Trámite. Ante Mi Dra. María F. Rivas. Prosecretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 01 de Septiembre de 2021.-
06/13/15 OCT. LIQ. Nº 25581 $1.038,00.-