BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 06/10/21

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6238

“PLAN MAESTRO PLURIANUAL DE DESARROLLO 2021-2023”

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023”, cuyo listado y distribución regional de obras integran la presente Ley, como “ANEXO I”.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el “Pliego Único de Bases y Condiciones Generales”, que, como “ANEXO II” forma parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a implementar el procedimiento de Concursos de Precios para la ejecución de las obras previstas y que conforman el Plan aprobado por el Artículo 1.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Septiembre de 2021.-

 

Dr. Javier G. Olivera Rodríguez

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Carlos Alberto Amaya

Vice Presidente 1º

A/C de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-314/2021.-

CORRESP. A LEY Nº 6238.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  -4 OCT. 2021.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR