BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 21/06/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
E X P E D I E N T E N° 15485 – 2005 .-
DECRETO ACUERDO N° 0507.05.009 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 OCT. 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese que la Dirección de Emergencia Municipal dependiente de la Secretaría de Planificación y Desarrollo, tendrá como misión: Coordinar, organizar, planificar y promover todas las acciones relacionadas con el cumplimiento de las normas relativas a higiene, seguridad y salubridad, que especifican los requerimientos a los que deben sujetarse las actividades lucrativas, o no, ya sea en establecimientos comerciales o industriales, en unidades turísticas o en la vía pública, así como la construcción de obras públicas o privadas y sus instalaciones complementarias y en general todas aquellas que tengan como finalidad principal evitar toda posibilidad de riesgo o peligro a la seguridad pública o privadas en el ejido municipal.
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
21 JUNIO S/C