BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 26/06/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 1921 – 00 – 2.006.-
DECRETO N° 0534.06.007 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Abril 2006.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.333/2.005 (INSISTENCIA), sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 07 de Julio del año 2.005, mediante el cual Incorpora el párrafo “Asimismo, exímase a los Jubilados y Pensionados Nacionales, Provinciales o Municipales del Pago Total de la prestación del Servicio de Alumbrado, Barrido, Limpieza de Calzada y Extracción de Residuos, siempre que éstos tengan una Jubilación o Pensión mínima que no supere los Cuatrocientos Pesos ($ 400) y que acrediten certificado de única propiedad”, al Artículo 2° de la Ordenanza N° 1287/92.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
26 JUNIO S/C