BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 01/10/21

Ref. Expte. Nº C-180642/2021 caratulado: “DIVORCIO: VALDIVIEZO, CASILDA c/ QUISPE, OSVALDO ERMINIO”.- San Salvador de Jujuy, 29 de junio de 2021.- I.- Admítase la presente acción de Divorcio en los términos del art. 438 del CCCN. – II.- De la presente demanda y propuesta de convenio regulador córrase traslado a la contraria Sr. OSVALDO ERMINIO QUISPE, por el término de diez días, a quien se notificará mediante la publicación de edictos (art 162C.P.C.).- Comisionase a los letrados, para la confección y diligenciamiento de las medidas ordenadas las que deben enviarse como Oficio Colaborativo.- Notifíquese por cedula. – Fdo. Dra. Claudia E. Lamas (Vocal Habilitada) – Ante mi Dra. María del Rosario Beller (Prosecretaria).- Tribunal de Familia – Sala I – Vocalía 1- de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-180642/21 caratulado: “DIVORCIO VALDIVIEZO, CASILDA C/ QUISPE, OSVALDO ERMINIO”, se cita y emplaza por el término de diez días al Sr. QUISPE, OSVALDO ERMINIO, D.N.I. 8.551.215.- Publíquese por un día en el Boletín Oficial; y en un diario local por tres veces en cinco días (art. 162 C.P.C).- San Salvador de Jujuy, 15 de septiembre del 2021.- Fdo. Dra. Claudia E. Lamas (Vocal Habilitada) – Ante mi Dra. María del Rosario Beller (Prosecretaria).-

 

01 OCT. LIQ. Nº 25020 $346,00.-