BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 24/09/21
Dr. Horacio José Macedo Moresi- Vocal Pte. De Trámite de la Cámara Civil y Comercial- Sala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en Expte. Nº D-034633/2020, caratulado: Ordinario por Daños y Perjuicios: ZAPATA, BRUNO DANIEL y OTROS, procede a notificar al Sr. Zapana, Bruno Daniel D.N.I. 37.305.799 el siguiente proveído:- “San Pedro de Jujuy, 01 de diciembre de 2020.- I.- Avóquese el suscripto a la presente causa.- II.- Notifíquese a las partes que el Tribunal queda integrado en su conformación natural por el suscripto como presidente de trámite y los Dres. Gustavo Alberto Toro y Silvia Elena Yecora,- Vocales.- III.- Téngase por presentado al Dr. Jorge Federico Toril, por parte, en nombre y representación de la Municipalidad de San Pedro de Jujuy en virtud de copia juramentada de poder general para juicios que acompaña a fs. 02/05 y por constituido domicilio legal sito en calle Alsina esquina Mitre, de esta ciudad.- IV.- Téngase a los mencionados por interpuesta demanda ordinaria por daños y perjuicios en contra de B y Z Distribuciones S.R.L. con domicilio en Avda. H. Irigoyen N° 05 de esta ciudad, el Sr. Zapana Bruno Daniel Nicolás con domicilio sito en Pje. Holanda N° 57 de esta ciudad y Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada con domicilio sito en calle San Martín N° 1090, de la ciudad de Mendoza, Prov. de Mendoza; admítase la misma, la que se tramitará conforme a las normas del juicio ordinario oral ( art. 287 del C.P.C.).- V.- A la citación de tercero en garantía peticionada por la parte actora, hágase lugar, debiéndose notificar a la firma Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada, a fin de que comparezca en los términos de la citación solicitada a estar en derecho en la presente causa.- VI.- Atento a la numerosa cantidad de partes demandadas, y a los fines de evitar una dilación temporal innecesaria y en cumplimiento del principio de economía procesal, córrase traslado de la demanda interpuesta a B y Z Distribuciones S.R.L. con domicilio en Avda. H. Irigoyen N° 05 de esta ciudad, el Sr. Zapana Bruno Daniel Nicolás con domicilio sito en Pje. Holanda N° 57 de esta ciudad, para que la contesten en el plazo de quince (15) días hábiles, y a Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada con domicilio en calle San Martín N° 1092, ciudad de Mendoza, Prov. de Mendoza, para que en el plazo de quince (15) días hábiles con más el de diecisiete (17) días hábiles en razón de la distancia (art. 193 C.P.C. y Art. 118 Ley 17.418 de Seguros, en caso de no hacerlo, se tendrá por contestada la misma.- Intímese a los accionados, para que en el plazo antes indicado, constituyan domicilios legales dentro del radio de 3 Km. del asiento de ésta Sala IV, en caso de incumplimiento notifíquese las posteriores diligencias y resoluciones, cualesquiera fuere su naturaleza, por ministerio ley (Art. 52 del C.P.C.).- VII.- Notifíquese a la firma Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada por carta documento, intímese al Dr. Jorge Federico Toril, a la confección de la misma, debiendo presentarla para su control y firma por secretaría. Facúltese al letrado mencionado y/o la persona que el mismo designe a efectuar su diligenciamiento, previniéndole que deberán acreditar ante este tribunal el envío de la notificación en el término de cinco (5) días hábiles, en caso de incumplimiento se lo tendrá por desistido de la citación en garantía.- VIII.-… IX.-… X.-… XI.-… XII.-… XIII.-… XIV.- Notifíquese.-Firmado Dr. Horacio José Macedo Moresi – Vocal Pte. de Tramite. Ante mí – Actuario Dr. Joaquín Martín Avilez-Firma Habilitada.- Publíquese por tres veces en cinco días en un diario lo local y en el boletín Oficial.- San Pedro de Jujuy, 01 de septiembre de 2021.-
22/24/27 SEPT. LIQ. 25406-25428 $1.038,00.-