BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 22/09/21
El Dr. José Alejandro López Iriarte, Juez de la Sala I, Cámara Civil y Comercial en el Expte. Nº C-176597/21 caratulado:”ACCION EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: IBAÑEZ ANA LIDIA c/ ALDECOA JULIO CÉSAR- CASTILLO Claudia Irene- HDMI S.R.L. HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS- HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.”, proceda a notificar el presente decreto: San Salvador de Jujuy, 30 de agosto de 2021. 1) Visto lo solicitado por el Señor Defensor Oficial Civil Dr. Jorge R. Abud según consta en acta de audiencia de fs. 75, y atenta la particular situación del demandado Señor Julio Cesar Aldecoa (se encuentra privado de su libertad) no ha lugar, en consecuencia y proveyendo al escrito de fs. 76 formulado por el Dr. Jorge Rafael Abud; conforme lo dispuesto por el art 396 inc. 2 del CPC, convóquese a las partes a una nueva Audiencia prevista en el Código de Rito, para el día 6 del mes de diciembre de 2021, horas 09:30 (conforme disponibilidad calendaria), a la cual las accionadas deberán concurrir a ejercitar su defensa provistas de documento nacional de identidad y de los documentos que posea y demás medios de prueba de que intente valerse; bajo apercibimiento de que si no concurrieren se tendrán por ciertos los hechos afirmados por el actor. Si los demandados no contestaren la demanda o admitieran los hechos invocados por su contraria, se llamará de inmediato a autos para resolver; y si el demandante no asistiere el día y hora de la convocatoria se lo tendrá por desistido de la demanda (art. 397 del Código de Forma). Instar a los letrados apoderados a que procuren cuando fuere conducente para que sus representados asistan también personalmente a la audiencia convocada o, en su defecto, concurran los representantes con instrucciones y facultamiento suficientes de sus mandantes para negociar y suscribir un eventual avenimiento. 2) Hágase saber a la Autoridad Penitenciaria (Unidad Judicial Nº 7) que deberá cumplir con lo ordenado trayendo al Sr. Julio César Aldecoa, sin retardo alguno en la fecha y horario dispuesto para la Audiencia fijada con documento nacional de identidad, a tal fin notifíquese por Oficialía de Justicia mediante cédula exenta. Asimismo deberá proveer lo conducente para que el Señor Aldecoa concurra a la nueva convocatoria con apoderado o en su caso designe al Defensor Oficial. 3) Asimismo hágase saber al Señor Julio Cesar Aldecoa que deberá indefectiblemente concurrir con su apoderado o con patrocinio letrado (Art. 71 del CPC). Sin perjuicio de lo cual y ante la eventualidad a un nuevo comparendo sin asistencia legal a la audiencia ut supra fijada, convóquese al Defensor Oficial que por turno corresponda a los efectos del Art 142 del Código Procesal Civil, si fuera el caso. 4) Respecto a los codemandados H.M.D.I. SRL y HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS SRL, CLAUDIA IRENE CASTILLO deberán ser citados mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y un Diario de publicación nacional tres veces en cinco días citándose a su representante y/o socio gerente a la audiencia dispuesta en el punto I del presente proveído. 5) Se hace saber al Sr. Defensor Oficial Dr. Jorge Rafael Abud que conforme lo dispuesto por el Art 72 del CPC deberá en el plazo de cinco días confeccionar las diligencias y presentarlas para control y firma por ante Secretaría y una vez retiradas de barandilla y en igual plazo acreditar su diligenciamiento. 6) Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José A. López Iriarte- Juez.- Ante mí: Dr. Ignacio Guesalaga- Secretario- San Salvador de Jujuy, 1 de Septiembre de 2021.-
17/20/22 SEPT. S/C