BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 15/09/21

AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.

Ref.: Expte. N° 622-137/2021, caratulado Licitación Pública Nacional Nº 3/2021 para la ejecución de la obra “Planta Potabilizadora Libertador General San Martín – Provincia de Jujuy”.-

CIRCULAR SIN CONSULTA Nº 6

A los interesados en la Licitación Pública Nº 03/2021, se informa lo siguiente:

1) Se modifica el ARTÍCULO 4º DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, reemplazándose por el siguiente texto: ARTICULO 4º: DOCUMENTACIONES QUE FORMAN LAS BASES DEL LLAMADO: La presente Licitación tiene por base las siguientes documentaciones, las cuales, en caso de discordancia, prevalecerán en el siguiente orden:

1) Las Notas Aclaratorias que pudieran tener lugar.-

2) El presente Pliego de Condiciones Particulares.-

3) El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.-

4) El Pliego de Bases Generales de Licitación de Agua Potable de Jujuy SE (Versión septiembre 2020).-

5) Los Pliegos: de Especificaciones Técnicas para infraestructura de Agua y Cloaca-Complementario de Especificaciones Generales para estructura de Hormigón Armado-General de Instalaciones Eléctricas para Plantas e Instalaciones – (Versión: Diciembre/2020), y el pliego de Normas Ambientales (Mayo/2000).-

6) Los planos del Proyecto.-

7) La Memoria Descriptiva del Proyecto.-

8) El listado de ítems que compone la obra y sus respectivas cantidades computadas, que forman parte del Proyecto, además de los análisis de precios de los trabajos que puedan surgir durante la ejecución de la Obra y que no se incluyen en el presupuesto base.-

2) Se modifica el tercer párrafo del ARTÍCULO 11º DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, reemplazándose por el siguiente texto: ARTICULO 11º: MODIFICACIONES DEL PLIEGO GENERAL QUE PREVALECEN PARA EL PRESENTE LLAMADO.- a. Artículo 15º. Ítem 12. El proponente al confeccionar el Plan de Trabajos y Curva de Inversiones que forma parte de su oferta, deberá tener en cuenta las interrupciones, demoras o dificultades en la ejecución de los trabajos durante el periodo de lluvias (1° de noviembre al 31 de marzo). El mismo deberá confeccionarse conforme a los Ítems que figuran en la Planilla Nomencladora sin agruparlos en rubros. Una vez adjudicada la obra, dicho plan deberá ajustarse a la real fecha de inicio.-

3) Se modifica el primer párrafo del ARTÍCULO 16º DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, reemplazándose por el siguiente texto: ARTICULO 16º: ATRASO EN EL PLAN DE INVERSIONES- CAUSAL DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.- Dado el plazo impuesto para la ejecución de los trabajos en la presente obra, se modifica lo expresado en el Capítulo XII – Artículo 99º, ya que en el mismo se deberá agregar un último párrafo, del Pliego General, el cual deberá expresar lo siguiente: “Si el atraso registrado en el Plan de Inversiones aprobado por la Inspección de la obra, en dos meses consecutivos,  fuera igual o superior a  un diez por ciento (10%) de lo previsto (acumulado) por causas imputable a la contratista, dará derecho a Agua Potable de Jujuy S.E., a rescindir el contrato en forma inmediata.-”

4) Se modifica el tercer párrafo del ARTÍCULO 22º DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, reemplazándose por el siguiente texto: ARTÍCULO 22º: REPRESENTANTE TÉCNICO DEL CONTRATISTA Y CONDUCTOR TÉCNICO DE LAS OBRAS.- En el caso de que por razones de organización el Representante Técnico no ejerza directamente la conducción técnica, sino a través de un Conductor Técnico o Jefe de Obra por él designado formalmente ante la inspección, ello no lo inhibe de asumir íntegramente las responsabilidades civiles que pudieren derivar de las acciones u omisiones de este, con relación a la obra como Representante Técnico de la empresa. Se aclara que el Conductor Técnico o Jefe de Obra deberá ser Ingeniero Civil, Hidráulico o Ingeniero en Construcciones y deberá estar matriculado en el CIJ.- Gerencia Administrativa Financiera y Comercial.- 13 de septiembre de 2021.-

 

15 SEPT. S/C.-