BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 10/09/21

Fdo. Dra. Norma Jiménez- Juez Habilitada en la Vocalía IV de la Sala II del Tribunal de Familia de la Pcia. de Jujuy, en el Expte: C-129110/2018, caratulado;  “CESACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA EN EXP. PRINCIPAL C-022741/2014: PICON CARLOS GERONIMO / PICON SERGIO EMANUEL”, notifíquese el presente proveído el que deberá ser publicado tres veces en cinco días en el boletín oficial y en un diario de publicación legal: “San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2019.- 1.- Atento al informe actuarial que antecede, procédase a recaratular la presente demanda, debiendo quedar caratulada como “CESACION DE CUOTA ALIMENTARIA: PICON CARLOS GERONIMO / PICON SERGIO EMANUEL”.- 2.- De la demanda de Cesación de Cuota Alimentaria interpuesta, córrase traslado al demandado SR. PICON SERGIO EMANUEL, en el domicilio denunciado, por el término de diez días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P. Civil). 3.-Asimismo, intímeselo a constituir domicilio legal en el término precedentemente señalado, dentro del radio asiento de este Tribunal de Familia- Vocalía IV, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P. Civil). 4.-… 5.-Notificaciones en Secretaria: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 6.- Notifíquese por cédula. Diligencia a cargo del promotor de autos.- Fdo. Dra. Estrella A Eliazarian- Juez- Ante Mi Dra. María Asfora- Secretaria”.- San Salvador de Jujuy, de   de 2.021.-

 

10/13/15 SEPT. LIQ. Nº 25018 $1.038,00.-