BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 24/07/06

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5514

MODIFICACIÓN DE LA LEY IMPOSITIVA

 

ARTICULO 1.- Modificanse los inciso j ) ll ) y m) del articulo 5 – Anexo III “Impuesto sobre los Ingresos Brutos” de la Ley Impositiva Nº 4652/1992 Y modificatorias, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

J ) Comercialización de billetes de lotería y actividades de explotación de juegos autorizados…………..5%

II) Alojamientos transitorios, casa de citas y establecimientos similares, cualquiera sea la denominación utilizada …………………………….. 10%

m) Explotación de máquinas de entretenimientos, entendiendo por tales las que no retribuyen con premios canjeables por dinero………………. 3%

ARTICULO 2.- Incorpóranse como inciso p), q) y r) del articulo 5 – Anexo III “Impuesto sobre los Ingresos Brutos” de la Ley Impositiva Nº 4652/1992 y modificatorias, las siguientes disposiciones:

p) Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (A.F.J.P.) …..5%

q) Aseguradoras de Riesgo de Trabajos (A.R.T.)………………………………………………………………………… 5%

r) Alquiler de computadoras por horas o fracción, sin operador, realizado en salones o locales total o parcialmente destinados a tales efectos, que – sin configurar requisito imprescindible – permitan el acceso a servicios de Internet, correo electrónico, juegos en red, vídeo conferencias, mensajerías y similares (incluye otras prestaciones conexas efectuadas en el mismo sitio)……………………………………………………………….5%

ARTICULO 3.- Modifícanse los incisos e) y f) de la articulo 6 – Anexo III “Impuesto  sobre los Ingresos Brutos” de la Ley Impositiva Nº 4652/1992 y modificatorias, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

e) Alojamientos transitorios, Casas de citas y Establecimientos similares:

Por cada habitación ………………………………………………………. $ 2.000

f) Actividades de explotación de máquinas de juegos de azar:

Por cada máquina o equipo instalado …………………………………… $ 1.500

ARTICULO 4.- Incorporase como inciso i) del articulo 6 – Anexo III “Impuesto sobre los Ingresos Brutos “ de la Ley Impositiva Nº 4652/1992 y modificatorias, la siguiente disposición:

i)Alquiler de computadoras por horas o fracción, en salones o locales:

Por cada computadoras instalada ………………………………………….. $ 180

ARTICULO 5.- Las disposiciones de esta Ley entrarán en vigencia a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.-

ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de junio de 2006.-

 

ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentaria

LEGISLATURA DE JUJUY

 

C.P.N. HECTOR OLINDO TENTOR

Vice-Presidente 1º

a/c de Presidencia

LEGISLATURA DE JUJUY

 

EXPTE. Nº 0200-219/2006.-

CORRESP. A LEY Nº 5514.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2006.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, públiquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Hacienda para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR