BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 02/08/06
EXPTE. Nº /2006.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAR. 2006.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto, a partir del 01 de marzo de 2006, y únicamente para el personal docente de la Provincia, la excepción prevista en el artículo 3º del Decreto Acuerdo Nº 617-H-2004 que establece el tope remunerativo de $ 1000 para acceder al adicional otorgado en el citado Decreto Acuerdo, y su modificatorio Nº 3205-H-2005.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR