BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 03/09/21

DECRETO ACUERDO Nº 4030-S/2021.-

EXPTE. Nº .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2021.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 3980-S-2021: y.

CONSIDERANDO:

Que, por el citado Decreto Acuerdo, se dispuso, teniendo en cuenta el necesario y delicado equilibrio entre la situación epidemiológica, capacidad de respuesta del sistema de salud, sostén y paulatina habilitación de actividades económicas, ampliar la capacidad para locales comerciales cerrados y al aire libre

Que, resulta pertinente, precisar alcances y normas dispositivas del mismo.

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifícanse los artículos 1º y 2º del Decreto Acuerdo N° 3980-S-2021, que quedarán redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1°- Ampliase la capacidad de ocupación de personas para reuniones o eventos de cualquier naturaleza en locales comerciales cerrados, públicos, privados, de acceso público o privado, al setenta por ciento (70%) del aforo habilitado. garantizando adecuada ventilación, siempre con estricto cumplimiento de los protocolos impuestos para cada actividad por las autoridades competentes.”

ARTÍCULO 2°.- Autorizase las reuniones o eventos de cualquier naturaleza en espacios al aire libre, públicos, privados, de acceso público o privado, excluyendo casas de familia, hasta un máximo de mil (1.000) personas, siempre, con estricto cumplimiento de los protocolos impuestos para cada actividad por las autoridades competentes. Cuando la concurrencia sea entre cien (100) y mil (1.000) personas, se deberá acreditar, autorización previa y especifica de la Policía de la Provincia, y con responsabilidad solidaria de propietarios usuarios, organizadores y asistentes, al menos una (1) dosis de vacunación contra Covid-19 (Coronavinus).”

ARTÍCULO 2°.- Dejase sin efecto el articulo 3 del Decreto Acuerdo N° 3080-5-2021 y toda normativa que se oponga al presente.-

ARTÍCULO 3°.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTICULO 4°.- Regístrese Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia Hacienda y Finanzas: Desarrollo Económico y Producción: Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo Ambiente; y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR