BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 03/09/21

Dra. Marisa. E. Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3 Secretaría Nº 6, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. ANDREA FABIANA ORTIZ, DNI Nº 20.683.974 que en el Expte. Nº C-151.278/19, caratulado:” Ejecutivo: CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY (CAPSAP) c/ ORTIZ, ANDREA FABIANA” se dictó el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 14 de Febrero de 2020.- Por presentado al Dr. Pablo Rafael Sodero por constituido domicilio legal, por parte en el carácter invocado, en nombre y representación de CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY (C.A.P.S.A.P) conforme copia debidamente juramentada del Poder General para Juicio que rola agregada en autos. Asimismo y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. requiéresele de Pago y Ejecución a la demandada ANDREA FABIANA ORTIZ DNI 20.683.974 en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Catorce con 57/100 Ctvos. ($45.314,57) en concepto de capital, con más la suma de Veintidós Mil Seiscientos Cincuenta y Siete Con 85/100 Ctvos. ($22.657,28) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En el mismo acto, cítese de Remate a la parte demandada para que oponga para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrase Traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimará para que se constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kms. del asiento de éste juzgado bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificarle en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaría: martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de los fuere feriado.- A tal fin líbrese Mandamiento Al Señor Oficial de Justicia, con las facultades inherentes al caso. Fdo. Dra. Marisa Rondon Juez – ante mi: María Guillermina Sequeiros- Secretaria.- “Publíquese en un diario local y en el boletín oficial tres veces en cinco días haciéndole saber a la accionada que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, de conformidad a los dispuesto por el Art 162 del C.P.C., y bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. (art. 474 del C.PC.).- San Salvador de Jujuy, 12 de Julio de 2021.-

 

03/06/08 SEPT. LIQ. Nº 25055 $1.038,00.-