BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 01/09/21

La Dra. María del Huerto Sapag- Juez de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía N° 6, en el Expte. Expte. N° C-181988/21, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-056481: ENCINAS GARCIA SERGIO c/ CARBALLO CARLOS”, procede a notifica el presente decreto: “San Salvador de Jujuy 11 de Agosto del 2021 I.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- II- Téngase por presentado al Dr. Sebastian Mallagray quien lo hace en nombre y representación de la SERGIO ENCINA GARCÍA, a merito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 2/3 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. III- Previo a correr Traslado de la presente demanda a los accionados dése cumplimiento con lo que se dispone a continuación. IV – Citase a la Municipalidad de Palpalá y al Estado Provincial en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. IV.- Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Celiaco Flores, Sabina Felquis, Sabino Guzmán y Rivera Gustavo Marcelo para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del termino de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VII – citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón P-21541, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 25, Parcela 13, del Departamento Palpalá, a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del termino de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- VIII- Asimismo ordenase la exhibición de los Edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de Palpalá y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. IX…- XII- Notifíquese por cedula. Fdo.: Dra. María del Huerto Sapag, Juez, ante mi: Dr. Agustina Taglioli- Prosecretaria”.- S. S. de Jujuy, 24 de agosto del 2021.-

 

01/03/06 SEPT. LIQ. Nº 25062 $1.038,00.-