BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/21

DECRETO N° 3972-MS/2021.-

EXPTE. N° 1412-306/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2021.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales Jefatura de Policía de la Provincia, solicita la adquisición de siete (07) Camionetas color blanco, doble cabina 4×2 cilindrada 2.3 y doce (12) Automóviles color blanco, tipo sedan 4 puertas con baúl, cilindrada 1.3, destinados a la Flota Policial de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que, se inician las presentes dando cuenta de la necesidad de la adquisición de los bienes, atento a la gran demanda de trabajo y exigencia laboral en Policía de la Provincia, resultando menester arbitrar los medios necesarios para que la contratación se materialice mediante el procedimiento de Licitación Pública de acuerdo a la Legislación vigente;

Que, obra dictamen de la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que, obra Pliego de Bases y Condiciones Generales y Requerimiento de Especificaciones Técnicas;

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, emitieron informes de su competencia;

Que, Fiscalía de Estado ha emitido dictamen legal de su competencia;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el marco de la excepción prevista en el artículo 1° -in fine- del Decreto Acuerdo N° 3789-H/2001, a la adquisición de Bienes de Capital consistente en siete (07) Camionetas color blanco, doble cabina 4×2 cilindrada 2.3 y doce (12) Automóviles color blanco, tipo sedan 4 puertas con baúl, cilindrada 1.3, destinados a la Flota del Parque Automotor de Policía de la Provincia, mediante el procedimiento de Licitación Pública, conforme Decreto Acuerdo N° 3716-H/78, “Reglamento de Contrataciones del Estado”, Decreto N° 1336-HF/16, Decreto Ley N° 159-H-G/57 “Ley de Contabilidad” y Ley N° 4958 de “Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy”, quedando facultado para aprobar y culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- La erogación emergente, se atenderá con la afectación a la Partida Presupuestaria Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad U. de O. “1A” Dirección General de Administración, Partida “7.1.1.0.2.5” Bienes de Capital – Rentas Generales, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2021, Ley Nº 6213/20.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación integral. Siga a la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad. Cumplido, remítase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Pase a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

30 AGO. 01/03/ SEP.-