BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 18/08/21

Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala II- Vocalía 5, en el Expte. N° C-060963/2016 caratulado: “Daños y Perjuicios: JURADO ENRIQUE GUSTAVO c/ MALDONADO NESTOR FABIAN Y OTROS”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 15 de Abril de 2021.- I-Proveyendo a la presentación de fs. 178: Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado por la Dra. Cecilia Romina Cortes y en virtud de lo previsto por el Art. 298- 2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda a ETAP.- II- En virtud de ello, notifíquese al accionado ETAP mediante Edictos, los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local, debiendo la actora correr con la confección de los mismos para su posterior control y firma por Secretaría.- III- Téngase presente para su oportunidad lo peticionado en el 2).- IV- Actuando en autos el principio contenido en los Arts. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar los edictos correspondientes, para su posterior control y firma del Tribunal.- V- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Prosecretaria”.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 01 de Junio  de 2021.- Dra. Aixa Yazlle- Prosecretaria.-

 

13/18/20 AGO. LIQ. Nº 24907 $1.038,00.-