BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 07/03/16

Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, en el Expte. Nº D-005053/13, caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Godoy, Ramón Aníbal Armando”, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: “San Pedro de Jujuy, 23 de Septiembre de 2015.- Autos y Vistos:… Resulta:… y Considerando:…Resuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de Ramón Aníbal Arnaldo Godoy (DNI 31.320.635) y hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($5.869,00.-). Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa nº 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. nª 54, Fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios.. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC). III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC).V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar. Fdo. Dr. Hugo Moisés Herrera-Juez-ante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria”.-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 23 de Septiembre de 2015.

 

04/07/09 MAR. LIQ. Nº 123090 $270,00.-