BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 09/08/21
DECRETO ACUERDO Nº 1717-H-2021.
Ciudad Perico, 30 de Julio del 2021.
VISTO:
Los Decretos Municipales N° 588-H-2020 y N° 698-H-2020, la Resolución N° 012/2020 del Concejo Deliberante, Resolución N° 180-H-2021 de la Secretaría de Hacienda, como asi también el Decreto Acuerdo N° 1347-H-2021, y Resolución N°027/2021 del Concejo Deliberante; todos referidos a “Régimen Especial para regularización de deudas tributarias”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Acuerdo N° 588-H-2020, Resolución N° 012/2020 del Concejo Deliberante y Decreto N° 698-H-2020, la Municipalidad de Perico estableció un Régimen excepcional y transitorio de Regularización de deudas para aquellos los contribuyentes y responsables que mantengan por obligaciones tributarias cuya percepción, fiscalización o determinación estén a cargo de la Dirección de Rentas Municipales, y que se encuentren vencidas o devengadas, según el tributo de que se trate, al 31 de Agosto de 2020 inclusive.
Que, conforme estos últimos los instrumentos referenciados, los contribuyentes pudieron adherirse al Régimen hasta el 31 de Diciembre del 2020.
Que, vencido el término, y en uso de facultades conferidas por Art. 15 del Decreto Acuerdo N° 588-H-2020, la Secretaría de Hacienda procedió a prorrogar la vigencia del régimen (hasta el 19 de Marzo del 2021) y extender la fecha de corte de las deudas comprendidas (deudas devengadas al 31 de Octubre de 2.021 inclusive).
Que, vencido este último término, mediante Decreto Acuerdo N° 1347-H-2021, y Resolución N°027/2021 del Concejo Deliberante, se volvió a disponer la prórroga del Régimen Especial de Regularización, hasta el 31 de Julio del 2021.
Que al día de la fecha se recibió reclamos de distintos sectores de contribuyentes que aducen no haber podido cumplir con sus obligaciones tributarias municipales debido a que la atención al público se encontró limitada a raíz de los distintos paros convocados por gremios y, además, por encontrarse cerrado por razones sanitarias el Juzgado de Faltas.
Que, el Art. 192 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia dispone que el tesoro municipal, se compone de impuestos, tasas, patentes, canones, contribuciones, y demás tributos que el Municipio establezca en sus ordenanzas.
Que, la Carta Orgánica en su Art. 5 establece que el Municipio es competente para ejercer sus potestades tributarias y financieras. En tal sentido, el Art. 68 Inc. 4 y 8 establece que son atribuciones del Departamento Ejecutivo en materia de Régimen Financiero, Recursos y Gastos: Hacer recaudar los tributos y rentas que correspondan a la Municipalidad y disponer exenciones, reducciones o moratorias con acuerdo del Concejo Deliberante.
Que, conforme lo establecido por el Art. 4 de la Carta Orgánica Municipal, es función del Municipio VELAR POR EL BIEN DE LA COMUNIDAD, resolviendo los asuntos de interés local y defendiendo los derechos y atribuciones que le son propios.
Por ello:
EL INTENDENTE DE CIUDAD PERICO, en acuerdo con los Sres. Secretarios Municipales:
DECRETA:
ARTICULO 1º: DISPONER la prórroga del Régimen Especial de Regularización de deudas tributarias dispuesto por Decreto Acuerdo N° 588-H-2020 -en los términos establecidos en este último y Resolución N° 012/2020 del Concejo Deliberante-, hasta el 13 de agosto de 2021.
ARTICULO 2º: HACER SABER que la fecha de corte de las deudas comprendidas en el Régimen de Regularización será la misma establecida en el Decreto Acuerdo N° 1347-H-2021 (28 de Febrero del 2021), quedando regido en ello y en todo lo demás el alcance del Régimen por los términos y condiciones establecidos en Decreto Acuerdo N° 588-H-2020 y Resolución N° 012/2020 del Concejo Deliberante.
ARTICULO 3º: Regístrese, remítase al Concejo Deliberante a sus efectos, comuníquese a las dependencias municipales a las que incumba la aplicación del presente decreto. Dese amplia difusión. Cumplido, archívese.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente