BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 06/08/21

La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de Tramite, en el Expte. N° C-173.199/21 caratulado: “Ordinario por Cobro de Pesos por servicios Tarjetas de Crédito: LIMPIEZA URBANA SA c/ ALVAREZ, REBECA MARCELA”, notifica a la Sra. REBECA MARCELA ÁLVAREZ la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 23 de junio de 2021.- 1. Atento lo solicitado por la actora a fs. 53 y habiéndose cumplido con las previsiones del art. 162 del C.P.C., publíquese edictos para la notificación del decreto de fecha 22 de marzo de 2021 (fs. 42), en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición de la demandada, REBECA MARCELA ÁLVAREZ, en Secretaría de esta Vocalía Nº 8 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.- 2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero – Presidente de trámite.- Ante mí: Dr. Augusto José Bonilla- Secretario”.- Transcripción del proveído de fs. 42: “San Salvador de Jujuy, 22 de marzo de 2021.- 1. Por presentado el Dr. Diego Eduardo Chacón, en nombre y representación de LIMPIEZA URBANA S.A. (LIMSA), a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios agregada a fs. 06/08 de autos, por parte, por constituido domicilio legal y por promovida demanda en procura del cobro de la deuda que se denuncia, la que tramitará en conformidad a las normas del juicio ordinario oral (art. 294 y ss. del C. P.C.).- 2. Confiérese traslado de la demanda instaurada a la accionada, REBECA MARCELA ÁLVAREZ, por el plazo de quince (15) días, bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho a hacerlo en los términos del art. 298 del C.P.C.- 3. Intímasele para que en dicho término, constituya domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- 4. Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero-Presidente de trámite.- Ante mí: Dr. Augusto José Bonilla-Secretario”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 05 de julio de 2021.-

 

06/09/11 AGO. LIQ. N° 24693 $1.038,00.-