BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 23/07/21

DECRETO Nº 3217-E/2021.-

EXPTE Nº 200-45-2020.-

C/Agregados: 1050-816-19, 1053-2825-19, 1053-2479-19, 1053-2082-19, 1061-33-17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAYO. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULÓ 1°.- Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Venancio Llanes en representación del Sr. Diego Abel Pérez, D.N.I. N° 28.375.913, en contra de la Resolución N° 607-E-2020 de fecha 10 de febrero de 2020, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33° de la Constitución Provincial.-

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estada, vuelva al Ministerio de Educación a fin de que por Jefatura de Despacho se proceda a notificar la parte dispositiva del presente Decreto. Publíquese Sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR