BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/16

Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera- Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-007696/14 Caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: Tarjeta Naranja S.A. c/ Petrona Rosa del Carmen Arias, procede a notificar a la Sra. Petrona Rosa del Carmen Arias DNI Nº 22.538.075 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 30 de Diciembre de 2014.- Téngase por presentado al Dr. Carlos Abel Damián Aguiar, en nombre y representación de Tarjeta Naranja S.A. a merito de Poder General para juicio que en fotocopia juramentada acompaña y por constituido domicilio legal. Atento a la demanda interpuesta y de conformidad a lo dispuesto por los arts 473 inc. 1°, 475 y concordantes del C.P.C., citase a la demandada Sra. Petrona Rosa del Carmen en el domicilio denunciado, para que concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 Secretaria N° 18 dentro del termino de Cinco Días de su notificación y en horas de despacho, a los efectos de reconocer o no contenido y firma del documento obrante en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 475 del mismo ordenamiento legal art. 473 inc. 1° del C.P.C. Reconozca los documentos que por si solo no traen aparejada ejecución Art. 475 del CPC. “En todos los casos en que se tratare de preparar vía ejecutiva, la citación deberá contener el apercibimiento de tenerse por reconocido el documento o por confeso el que se hará efectivo si excitado no compareciera o no justificare debidamente su inconcurrencia”. Notificaciones en Secretaria, martes y jueves o el subsiguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. Notifíquese.- Téngase por interpuesta demanda ejecutiva por cobro de pesos de conformidad a lo.- Fdo. Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera- Juez- Ante mi- Dra. Lilian Ines Conde- Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 03 de septiembre de 2015.- I.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por el Dr. Carlos Abel Damián Aguiar, ordénese la notificación por edictos a la demandada señora Petrona Rosa del Carmen Arias, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que la demandada no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda. II.- Notifíquese.-Fdo. Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera- Juez- Ante mi- Dra. Lilian Inés Conde- Secretaria.-San Pedro de Jujuy, 03 de Septiembre de 2015. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y Diario Local.

 

07/09/11 MAR. LIQ. Nº 123093 $270,00.-