BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/16

Dr. Hugo Moisés Herrera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, en el Expte. Nº A-55975/13, caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Hernaez, Claudio Alejandro”, hace saber que se ha dictado el siguiente Decreto: “San Pedro de Jujuy, 21 de Septiembre de 2015.- Autos y Vistos:…Resulta:…y Considerando:… Resuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de Claudio Alejandro Hernaez (DNI 24.454.532) y hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 69/100 CENTAVOS ($1.465,69.-). Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa nº 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. Nº 54, Fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC). III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC). V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.-Fdo. Dr. Hugo Moisés Herrera-Juez-Ante Mí: Dra. Mariana Roldan-Secretaria“.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 2 de Octubre de 2015.

 

07/09/11 MAR. LIQ. Nº 123092 $270,00.-