BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/16

Dra. Marisa Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaría Nº 5, de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-256035/11, Caratulado: “Ejecutivo por cobro de Pagares: Mussa Charbin Victor c/ Reinoso Mónica-Barco Ariel Marcelo, hace saber al Sr. Reinoso Mónica, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 29 de Junio del 2011.- Por presentado a la Dra. Analía Correa, por parte y por constituido domicilio legal en nombre y representación de Mussa Charbin Victor, a mérito de la copia del Poder Gral. para juicios que acompaña.-…- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 476 y 480 del CPC líbrese en contra de los demandados Reinoso Mónica y Barco Ariel Marcelo, mandamiento de pago ejecución y embargo por la suma de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($17.250.-) en concepto de capital, con más la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($8.625.-), calculadas para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, hágase saber que se ha ordenado el embargo preventivo sobre un automotor de dominio INP 120.- Cíteselo de Remate para que concurra a este Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 3, Secretaría Nº 5, a oponer excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial Nro. 3, Secretaría Nº 5, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 4.- Al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kms, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de ley, de todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del CPC).- 5.- Asimismo, líbrese oficio al Registro Nacional de la Propiedad del automotor, facultándose para diligenciar el presente a la Dra. Correa Analía y/o quien designe.- Notifíquese art. 154 del CPC y ofíciese.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante mi: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.-Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.-Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 02 días del mes de Septiembre del Año Dos Mil Quince.-Secretaria: Proc. Marta Berraz de Osuna-Secretaria.-

 

07/09/11 MAR. LIQ. Nº 123177 $270,00.-