BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/16

Cesión de Cuotas de “Termoboro Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la Ciudad de Haedo, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, a dos días del mes de julio del año 2.015, entre el Señor Pablo Fabián Lorenzo, Documento Nacional de Identidad número 17.137.516, CUIL 23-17137516-9, argentino, casado en primeras nupcias con María Belén Quintana, de 50 años de edad, de profesión abogado, con domicilio en calle Juncal número 195 de Temperley, Provincia de Buenos Aires, de ésta República Argentina, por una parte en adelante “EL CEDENTE”; y el señor Damián Martín Palou, Documento Nacional de Identidad número 26.793.617, CUIL 20-26793617-0 argentino, soltero, de 36 años de edad, de profesión Ingeniero Industrial, con domicilio en calle J. Carrizo número 690 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, quien concurre al presente otorgamiento en nombre y representación del señor Ramón José Palou, Documento Nacional de Identidad número 16.186.775, CUIL 20-16186775-7, argentino, casado en primeras nupcias con doña Adriana Mercedes Sánchez, de 52 años de edad, de profesión empresario industrial, con domicilio en calle Hernán Suárez número 139 del Barrio Bajo La Viña de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Dr. Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, en mérito de las facultades conferidas en el poder especial, pasado por escritura número ciento quince de fecha veintinueve de junio de 2015, autorizado por la Escribana Corina Celia Brizuela de Rojo, Titular del Registro N° 27 de la Provincia de Jujuy de esta República Argentina; por la otra parte en adelante “EL CESIONARIO”; y con la presencia de los señores Pablo Moncholi, Documento Nacional de Identidad número 25.846.687, CUIT 20-25846687-0, argentino, casado en primeras nupcias con Rocío Soledad Jiménez, de 38 años de edad, de profesión Empresario, con domicilio en calle Francisco de la Cruz número 1148 del Barrio Ciudad del Milagro de la Ciudad de Salta, de la Provincia de Salta, de ésta República Argentina; y el señor  Damián Martín Palou, con los datos consignados ut supra, concurre además en ejercicio de sus propios derechos, convienen en celebrar el presente Contrato que se regirá por las cláusulas siguientes Primera: Antecedentes: El señor Pablo Fabián Lorenzo, con cuarenta (40) cuotas sociales, el señor Pablo Moncholi, con ochenta (80) cuotas sociales, y el señor Damián Martín Palou, con ochenta (80) cuotas sociales, totalmente suscriptas e integradas, son socios titulares de la totalidad del capital social, de la sociedad que gira con domicilio en Alto La Torre jurisdicción del Departamento Palpalá de la Provincia de Jujuy de esta República Argentina, bajo la denominación de “TERMOBORO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” CUIT 30-70805120-5”, conforme surge del: a) Contrato de Constitución de Termoboro SRL, celebrado con fecha 26 de julio de 2002, inscrito en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 17 de diciembre de 2004 al Folio 383 Acta N° 371 del Libro II de S.R.L., y registrado con copia bajo Asiento N° 62 al folio 404/413 al Legajo IX Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; b) de la Escritura N° 263 de Cesión de Cuotas de fecha 21 de noviembre de 2.007, autorizada por la Escribana de la Provincia de Jujuy, Titular del Registro N° 62, doña Carolina Alexander, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 12 de diciembre de 2007, bajo Asiento N° 77 al folio 424/427 del Legajo X Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; y c) Cesión de Cuotas celebrado con fecha 14 de enero de 2.010, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 14 de abril de 2010, registrado con copia, bajo Asiento N° 14 al folio 46/53 del Legajo XIII Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.- Segunda: Cesión: El señor Pablo Fabián Lorenzo,  TRANSFIERE A TITULO DE CESION EN VENTA, a Ramón José Palou, cuarenta (40) cuotas sociales de cien (100) pesos valor nominal cada una, las que en su totalidad ascienden a las suma de cuatro mil pesos ($ 4.000) pesos de Capital Social, y que representan el veinte (20) por ciento del capital social, que tiene y le corresponde en “TERMOBORO S.R.L.”; transfiriéndole al Cesionario respecto de las cuotas de capital social cedidas, todos los derechos de propiedad, posesión y sus accesorios, subrogándolo en los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercidos en el tiempo y forma que lo crean conveniente y ante quienes fuere menester.- Tercera: Precio de la Cesión: La presente Cesión se realiza por el precio total de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000), que el representante del Cesionario, abonó en su totalidad antes de este acto en legal forma, suma por la cual, el cedente confiere al cesionario por medio de la presente formal recibo y carta de pago.- Cuarta: Renuncia a reclamos: El señor Pablo Fabián Lorenzo y el señor Damián Martín Palou, por su representado, manifiestan que conocen los alcances de la ley 25.345, sin perjuicio de lo cual han asumido las consecuencias de los pagos efectuados en cumplimiento de la presente cesión en dinero en efectivo, renuncian a cualquier reclamo derivado de éste; y se obligan ambos a prestar toda colaboración que fuere menester ante cuestionamientos de orden judicial, administrativo o fiscal.- Quinta: Conformidad de los Socios-Aceptación de la cesión: El señor Damián Martín Palou, por sus propios derechos, y el señor Pablo Moncholi, prestan su conformidad con la Cesión y manifiestan su renuncia hacer uso del derecho de preferencia de acuerdo a lo dispuesto por las cláusulas 5°, 6° y concordantes del Contrato Social.- Por su parte, Ramón José Palou, acepta la transmisión realizada a su favor y se integra a la sociedad en el carácter de Socio.- Sexta: Asentimiento conyugal: El señor Pablo Fabián Lorenzo, expresa que no se requiere el asentimiento conyugal de su cónyuge, la señora María Belén Quintana, por tratarse de un bien propio.- Séptima: Estado actual del Capital Social: En consecuencia el Capital Social de Pesos Veinte Mil ($20.000) queda dividido en 200 cuotas sociales de valor nominal $100 cada una que pertenecen a: Ramón José Palou, con cuarenta (40) cuotas sociales, representativas del veinte (20%) por ciento de capital social; Pablo Moncholi, con ochenta (80) cuotas sociales, representativas del cuarenta (40%) por ciento de capital social, y Damián Martín Palou, con ochenta (80) cuotas sociales, representativas del cuarenta (40%) por ciento de capital social.- Octava: Administración: Los socios actuales integrantes de la totalidad del capital, por unanimidad convienen que Damián Martín Palou, ejercerá la administración y representación de la sociedad en el carácter de único socio gerente, por el plazo que queda pendiente del ejercicio que vence el día treinta de junio de 2016, y por dos ejercicios siguientes, venciendo en consecuencia su representación el treinta de junio del 2018, si no fuere modificada con anterioridad esta situación.- Novena: Autorización: Los otorgantes facultan a la Dra. Ana Beatriz Cintas, MP 1334, para que realice los tramites de la inscripción de este instrumento ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy.- Decima: Jurisdicción y competencia: Para todos los efectos judiciales y/o extrajudiciales derivados de la presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, renunciando a otros fuero que por las cosas o las personas pudiere corresponderles y constituyen domicilios en los indicados al comienzo de la presente.- Decima Primera: en este estado ambas partes declaran que conocen y aceptan que no se solicitaron los informes de anotaciones personales por la parte cedente, para suscribir el presente, dada la demora que ello pudiera ocasionar.- Obligándose a su fiel cumplimiento se suscriben por los intervinientes cinco ejemplares en Ciudad de Haedo, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de julio del año dos mil quince.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 3 de Marzo de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

11 MAR. LIQ. Nº 123211 $130,00.-