BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 12/07/21

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-139819/19, caratulado: “Ejecutivo: BANCO MASVENTAS S.A. c/ RIVERA SONIA DEL CARMEN”, se hace saber a la demandada Sra. SONIA DEL CARMEN RIVERA, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 16 de Junio de 2021.- I- Proveyendo la presentación de fs. 68: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fojas 26 a la demandada Sra. SONIA DEL CARMEN RIVERA, mediante Edictos- Art. 162 del C.P.C.-  II- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria”.- Providencia de Fojas 26: “S.S. de Jujuy, 18 de Junio de 2.019.- líbrese en contra de la demandada SONIA DEL CARMEN RIVERA, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate, por la suma de Pesos: Cincuenta Mil Ochocientos Sesenta y Ocho con Setenta y Dos Centavos ($50.868,72.-), en concepto de capital con mas la de Pesos: Quince Mil Doscientos Sesenta con Sesenta y un Centavos ($15.260,61.-) calculada provisoriamente para acrecidas  y costas del juicio. En defecto de pago, trábese Embargo…, cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- III- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. IV- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. (Art.52 del item).- V.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con los recaudos legales.- VI.- Notifíquese y expídase Mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez- Ante mí: Dra. Sandra Torres- Secretaria”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 16 de Junio de 2021.-

 

05/07/12 JUL. LIQ. Nº 24499 $1.038,00.-