BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 07/07/21

Dra. Mirta Del Milagro Vega, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 9, Secretaria Nº 18 de la Ciudad de San Pedro, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. MENDEZ, SERGIO JAVIER D.N.I. Nº 32.796.535 que en el Expte. Nº D-025329/18, caratulado: “CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ MENDEZ SERGIO JAVIER S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución: “San Pedro de Jujuy, 19 de Noviembre de 2020.- Autos y Vistos:…Resulta:… Considerando:… Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra del Sr. SERGIO JAVIER MENDEZ D.N.I. Nº 32.796.535, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de Pesos Diez Mil Trescientos Setenta y Dos con Cincuenta y Nueve Centavos ($10.372,59).- A dicho monto deberá adicionarse un interés conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, en carácter de compensatorios desde la fecha de emisión del título y hasta la configuración de la mora (28/05/2020), y de allí en más, los mismos se devengarán en carácter de moratorios hasta su efectivo pago adicionándose a los mismos, como intereses punitorios, un 50 % de aquellos fijados en carácter de intereses moratorios.- II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente hasta tanto se cuente con planilla de liquidación definitiva (acda. Nº 30/84 del Excmo. S.T.J. y art. 58, ley 6.112).- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado con respecto a la constitución de domicilio legal, notificándose al accionado en lo sucesivo por Ministerio ley.- V.- Notificar por cédula, protocolizar, hacer saber y dar copia. Fdo. Dr. Matías Leonardo Nieto-Juez-Por Habilitación- Ante Mí, Proc. Andrea Carolina Conde-Firma Habilitada.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Pedro de Jujuy, 27 de Mayo  de 2.021.-

 

07/12/14 JUL. LIQ. Nº 24496 $1.038,00.-