BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 14/03/16

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-019718/14 caratulado: “Ejecutivo: Belasquez, Silvina Romina c/ Gutiérrez, Benita”, hace saber a la Sra. Benita Gutiérrez el siguiente decreto que a continuación se transcribe en todas sus partes: “San Salvador de Jujuy, 05 de marzo de 2014.- Por presentado el Dr. Arias, Jose Alberto, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de Silvana Romina Belasquez a mérito de la copia de Poder General para juicios que debidamente juramentada rola a fs. 4.- De conformidad por lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de Pago, Ejecución y Embargo a la demandada Sra. Benita Gutiérrez en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS ($13.500.-) en concepto de capital, con más la de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($6.750.-) presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese Embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley.- En el mismo acto requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante. Asimismo cítesela de Remate para que dentro de los cinco dias de notificada oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele Traslado del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.). Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese Art. 154 del C.P.C. y ofíciese. Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- Secretaría: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 28 de octubre del 2.015

 

09/11/14 MAR. LIQ. Nº 123193 $270,00.-