BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 21/06/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°  16 – 0 – 3892 – 2006-1.-

DECRETO    N°  0551.06.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  25 ABR. 2006.-

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlgase la Ordenanza N° 4607/2.006, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria  celebrada el día 30 de Marzo de 2.006, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario  (Ordenanza 430/82), a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios, por el período 2.002 a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos, debidamente acreditada su condición como tal por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos y cuotas exentas se detallan en el Artículo 1° de la citada Ordenanza..

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

21 JUNIO  S/C