BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/16

La Sra. Juez del Tribunal de Familia, Vocalía IV, Sala II, de la Provincia de Jujuy, Dra. Estrella Anahid Eliazarian, en el Expte. Nº C-52805-15: Caratulado: “Guarda con Fines de Adopción: Ministerio de Menores e Incapaces Por Valdiviezo,…” procede a notificar la parte resolutiva que a continuación se trascribe: “San Salvador de Jujuy, 29 de febrero de 2016.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve: I.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado en autos y en consecuencia téngase a la Sra. Rosalía Norma Valdiviezo por rebelde, continuando el tramite de las presentes sin su intervención.-II.- Líbrese oficio a la Dirección de Niñez, adolescencia y familia, a los fines que, con habilitación de días y horas, articule con las direcciones de otras provincias para que informen si cuentan con pequeños hogares con planificación centrada en el adolescente, S. N. Valdiviezo, o con familias alternativas, a fin de propiciarle la garantía de los derechos en un marco de inclusión comunitaria, teniendo presente para ello las necesidades psicofísicas y patológicas que el mismo padece. Hágase saber que es reiteratorio del oficio librado por el Juzgado de Menores N° 1 en fecha 25-06-2015, recepcionado por dicha institución en fecha 29-06-2015.- III.- Declarar la situación de adoptabilidad del adolescente S. N. Valdiviezo, DNI 42.815.672 (Conf. Art. 607 sgtes y cctes. del C.C. y C) a fin de continuar los tramites tendientes a otorgar la guarda con miras a la adopción.-IV.- Notifíquese la presente resolución mediante edictos que se publicaran en el Boletín Oficial y en un Diario de difusión local por tres veces en cinco días; dejándose constancia de que el presente expediente tramita con beneficio de justicia gratuita, por lo que la publicación de edictos y diligenciamiento que deban efectuarse en esta causa se encuentran exentos de pago de todo sellado, impuesto y/o tasa que pudiera corresponder, en razón de tratarse de personas de escasos recursos.-V.- Líbrese oficio al Registro de Adoptantes, a fin que en un plazo no mayor a diez (10) días remitan ante este Tribunal de Familia, Vocalía IV, Sala II, el o los legajos de postulantes a la adopción de un adolescente de 15 años de edad; haciendo constar en el mismo el diagnostico actual del menor.-VI.- Regístrese, agréguese copia en autos y notifíquese con habilitación de días y horas.- Fdo. Dra. Estrella Anahid Eliazarian-Juez- ante mi Dra. Maria Belén Rosas Bernal- Prosecretaria.”- Se hace saber que la presente causa se tramita con beneficio de justicia gratuita.- Secretaría – San Salvador de Jujuy, 07 de marzo de 2016.-

 

11/14/16 MAR. S/C.-