BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 07/06/21

DECRETO ACUERDO Nº 2535-S/2020.-

EXPTE Nº 700-787/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCUL0 1°.- Otórguese con carácter excepcional, a partir de! 1° de diciembre de 2020, la asignación estímulo no remunerativa y no bonificable, denominada “Bono COVID-19”, consistente en la suma fija de pasos. cinco mil ($ 5.000), en beneficio del personal dependiente y fuera de escala hasta Directores de Hospitales dei Ministerio de Salud; personal del Instituto de Seguros de Jujuy; y, fuerza policial del Ministerio de Seguridad.-

ARTÍCULO 2°.- Las autoridades de los Ministerios de Salud, Seguridad o del Instituto de Seguros de Jujuy, según corresponda, dictarán las disposiciones reglamentarias, operativas y/o de control.- para cumplimiento del presente Decreto Acuerdo e individualización de beneficiarios.-

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar la creación, modificación, transferencia y afectaciones presupuestarias necesarias.-

ARTICULO 4°.- La asignación estímulo “Bono COVID-19” tendrá vigencia por el término de seis (6) meses, prorrogable por igual período o mientras dure la Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por Covid – 19 (coronavirus).-

ARTÍCULO 5°.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado .y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR