BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 04/06/21

DECRETO Nº 2155-ISPTyV/2020.-

EXPTE. Nº 615-538/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Transfiérase a favor del INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY, los inmuebles, de propiedad del Estado Provincial, individualizados catastralmente como Circunscripción 1, Sección 3, Manzana 41, Parcela 1, Padrón F-5009 y Circunscripción 1, Sección 3, Manzana 47, Parcela 1, Padrón F-5089, ubicado en el Barrio Nueva Esperanza de la Localidad de Palma Sola, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a extender la Escritura Traslativa de Dominio o a implementar el procedimiento reglado por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26.994) y demás normas aplicables, a efectos de la inscripción del inmueble a nombre del INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY.-

ARTÍCULO 3º.- Registrese. Tomen de Razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Dirección Provincial de Inmuebles, Escribanía de Gobierno y Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR