BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 04/06/21
DECRETO Nº 2116-ISPTyV/2020.-
EXPTE. Nº MA-641-080/2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Ratificase la Resolución N° 34-IJC-2019 de fecha 12 de Diciembre de 2019, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Titulo Gratuito a la Sra. Cruz, Candelaria Paulina, DNI N° 21.322.346, la Parcela N° 626, Padrón L-1206 con una superficie neta de 139 Has, 9463,92 m2, ubicada en el Distrito de Carahuasi, Departamento Rinconada Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el Nº 06491 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 18 de Octubre de 2006.-
ARTICULO 2º.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N° 169 de O.I.T.-
ARTICULO 3°.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N° 169 de O.I.T.-
ARTICULO 4°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Notifíquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Escribanía de Gobierno a los fines dispuestos en el Artículo 5° del presente Decreto y continúe a la Dirección Provincial de Inmuebles, Juzgado Administrativo de Minas Instituto Jujeño de Colonización. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR