BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 23/06/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 – 4997 — 2006 -1 .-
DECRETO N° 0672.06.008 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAYO 2006.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley la Ordenanza N° 4628/2006, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria celebrada el día 20 de Abril del año en curso, mediante la cual se modifica el Artículo 5° – Inc. d de la Ordenanza N° 3089/00 y se incorpora el Inc. d) al Artículo 14° de la Ordenanza N° 1387/92; se deroga los Artículo 1°, 2° y 3° de la Ordenanza N° 3988/04 y se incorpora el Artículo 15° – Inc. e) de la Ordenanza N° 3089/00; se incorporan el Inciso ñ) al Artículo 9° y el Inciso v) al Artículo 12° de la Ordenanza N° 3089/00 y se modifica los puntos “Faltas Leves” N° 12 y “Faltas Graves” N° 13 del Anexo 1 de la Ordenanza N° 3233/01, modificatorio del Anexo 1 de la Ordenanza N° 3089/00; todos los ordenamientos legales citados referentes al servicio alternativo de taxi radiollamada.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Munic. de San Salvador de Jujuy
23 JUNIO S/C