BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 31/05/21

DECRETO Nº 2272-S/2020.-

EXPTE. Nº 716-822/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.-  Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercido 2.020 Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:

ARTÍCULO 2°.- Téngase por designado al Sr. Ricardo Darío Mondaque, CUIL 20­29024523-1, en el cargo categoría 4 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de Agente Sanitario de la U. de O.: R6-01-04 en el Hospital San Roque, a partir del 6 de Noviembre de 2017.-

JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD

  1. DE O.: R 6-01-04 Hospital San Roque

SUPRIMASE

Categoría                                                        N° de cargos

10-(c-4)                                                          1

24-30 horas                                                    1

Agrup. Técnico

Escalafón General

Ley N° 3161/74

Total                                                               2

CREASE

Categoría         N° de cargos

4 (C-4)                                                            1

4-30 horas                                                      1

Agrup. Técnico

Escalafón General

Ley N° 3161/74

Total                                                               2

ARTICULO 3°.- Téngase por designada a la Sra. Corina Macarena Nanterne Casasco, CUIL 27-35307394-5, en el cargo categoría 4-30 horas, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de Agente Sanitario de la U. de O.: R6-01- 04 Hospital San Roque, a partir del 6 de noviembre de 2.017.‑

ARTÍCULO 4°.- La erogación del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.020, Ley N° 6149, que se indican a continuación:

EJERCICIO 2020:

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR