BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 31/05/21

DECRETO Nº 146-S/2019.-

EXPTE. Nº 715-1935/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Dra. María Florencia de los Ángeles Quispe, CUIL N° 24-29430558-7, a la designación en carácter de interino en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en el Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”, a partir del 10 de abril de 2.017.‑

ARTÍCULO 2°.- Modificase .el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente Ejercicio 2.019- Ley 6113, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION  “R” MINISTERIO DE SALUD

  1. de O.: 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”

SUPRIMASE

Categoría                               Nº de Cargos

E                                             1

Agrup. Profesional

Ley 4135/84 modif. 4418

Total                                       1

CREASE

Categoría                               Nº de Cargos

A                                            1

Agrup. Profesional

Ley 4135/84 modif. 4418

Total                                       1

ARTÍCULO 3°.- Téngase por designada en carácter de interino a la Dra. María de los Ángeles Quispe, CUIL N° 24-29430558-7 en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de Médica en la U. de O.: 6-01-03 del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 1 de octubre de 2.018 y hasta tanto se llame a concurso.‑

ARTÍCULO 4°.- La erogación del presente trámite se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2.019, Ley N° 6113, que a continuación se indican:

Ejercicio 2019:

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización – respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR