BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 28/05/21

DECRETO Nº 2395-ISPTyV/2020.-

EXPTE Nº 246-27/2020.-

Agreg. Nº 516-850/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “6C – Dirección Provincial de Inmuebles”, dependiente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda, como se detalla a continuación:

CREÁSE:

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley N° 3161

CARGO         CATEGORÍA

1                      3

ARTICULO 2°.- Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo Personal del Escalafón General Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización “6C” Dirección Provincial de inmuebles a la señora TORENA, Lorena Vanesa, CUIL N° 27-27481997-4, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3°.- Lo dispuesto en este presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O. “6C” Dirección Provincial de Inmueble para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. referida, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-96 Regularización Decreto N° 9316-G-2019 asignada a la Jurisdicción “IC Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6149 – Ejercicio 2020.‑

ARTICULO 4°.- A partir de la fecha del presente Decreto queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la señora TORENA, Lorena Vanesa.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Inmuebles; y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos. ‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR